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STWC/10

Standards of Training, Certification and Watchkeeping for Seafarers

GWO

Cualquier persona que quiera trabajar en un buque mercante, en un crucero turístico, en un yate de lujo, incluso, en algunos casos, en embarcaciones de recreo, está obligada a obtener la formación STCW requerida según el puesto que vaya a desempeñar.

Aunque el trabajo a desempeñar no tenga nada que ver con el manejo de la embarcación o su equipamiento, cualquier persona a bordo que esté trabajando deberá al menos realizar el curso de formación básica en seguridad marítima, que le instruirá en los conocimientos necesarios para organizar y supervisar la seguridad a bordo, así como saber cómo actuar en caso de emergencia. 

Este curso lo realizará por tanto la tripulación profesional, así como cualquier otro trabajador a bordo ajeno al manejo del barco, como por ejemplo, cocineros, artistas, camareros en cruceros, o personal de puertos o clubs náuticos…Trabajadores de off shore…

Sea Survival GWO
Un yate en el mar

STWC/10

Standard of training, certification and watch keeping for seafarers

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En 1978, la Organización Marítima Internacional (IMO) realizó una convención en Londres que estableció por primera vez, a nivel internacional, unos requisitos básicos para el aprendizaje, certificación y vigilancia para la gente que trabajaba en el mar.

Hasta entonces, cada país establecía sus propias normas para la formación de los trabajadores a bordo de buques, embarcaciones, cruceros o yates. Esta circunstancia dificultaba la operativa del tráfico marítimo y la estandarización de la formación del personal a bordo, lo cual suponía un problema en un sector con gran movilidad internacional.

Los acuerdos de la convención entraron por primera vez en vigor en 1984. El convenio STCW fue la primera iniciativa internacional que estableció los requisitos mínimos de formación, certificación y guardias para los trabajadores del mar.

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Convenio STCW actual. Enmiendas de 1995 y 2010

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En 1995 se revisó el convenio inicial y se introdujeron enmiendas para resolver algunas partes ambiguas que daban lugar a diferentes interpretaciones. Se detallaron los anexos técnicos y se reorganizaron para simplificar el trabajo de revisión y actualización de este contenido. Se establecieron también obligaciones de reporte a la OMI.

En 2010 se adoptaron las enmiendas de Manila para actualizar el convenio acorde con los avances hasta la fecha. En estas enmiendas se mejoraron, entre otras cosas, las medidas para prevenir el fraude en las certificaciones, diversos requisitos de la vida a bordo, la formación y concienciación del medio marino o la formación a distancia.

Cualquier persona que quiera trabajar en un buque mercante, en un crucero turístico, en un yate de lujo, incluso, en algunos casos, en embarcaciones de recreo, está obligada a obtener la formación STCW requerida según el puesto que vaya a desempeñar.

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